Ø
Diligenciar un formulario para realizar traspaso indeterminado,
firmado por el propietario registrado en el organismo de tránsito (sin
improntas).
Ø
El (los) propietarios deben estar inscritos en RUNT y estar a paz
y salvo por concepto de multas e infracciones de tránsito.
Ø
Paz y salvo de impuestos si es particular.
Ø
El vehículo debe estar a paz y salvo por concepto de
semaforización.
Ø
Demostrar que han transcurrido 3 años contados desde el momento en
que dejo de ser poseedor.
Ø
Que no se cuente con el contrato de compraventa para efectuar el
trámite de traspaso
Ø
Que las circunstancia no se encuentren dentro de alguna de las
causales legales de cancelación, establecidas en el artículo 40 de ley
769 de 2002.
Ø
La solicitud deberá ser presentada por el interesado dentro de los
2 años siguientes a la entrada en vigencia de la norma.
Ø
Documento suscrito por el propietario en el cual manifieste la
fecha y las razones por las cuales perdió la posesión del vehículo y el
desconocimiento actual de su paradero.
Ø
Autorización Autenticada en notaria especificando el trámite que
va a realizar, en caso de presentarse un tercero.
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